Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial fue publicado el pasado día 27 de Junio en el Boletín Oficial del Estado. En él se establece el marco legal para el desarrollo de diversas medidas adoptadas durante la crisis sanitaria para la protección del empleo como es la aplicación de ERTES.
En el texto se detalla nueva regulación para los diferentes tipos de ERTE, quedando extendidos los solicitados por fuerza mayor, en virtud del artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y los ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP), hasta el 30 de septiembre de 2020.
Además, el RD 24/2020 establece en su artículo 2 la posibilidad de que empresas que se vean afectadas por nuevas restricciones o medidas de contención debido a un rebrote puedan acogerse a ciertas medidas de exoneración, previa autorización de un expediente de regulación temporal de empleo de fuerza mayor en base a lo previsto en el artículo 47.3 ET.
Igualmente, se adaptan medidas relacionadas con los ERTE como la protección por desempleo de trabajadores afectados, la situación de personas trabajadoras incluidas en un ERTE que no sean beneficiarias de prestaciones de desempleo, las medidas extraordinarias de cotización y la extensión de la cláusula de salvaguarda del empleo que supone la prórroga de la «prohibición» de despido y de la interrupción del cómputo de contratos temporales.
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